Comisiones Obreras del País Valenciano | 13 mayo 2025.

El Ayuntamiento de Orihuela indemnizará al personal contratado a través de programas de fomento del empleo juvenil EMPUJU y ENCUJU

    La Sala de lo Social del Tribunal Supremo declara la firmeza de la sentencia dictada por el juzgado de lo Social n.° 1 de Elche, de fecha 30 de marzo de 2021, mediante la cual se reconocía que los trabajadores y trabajadoras contratados a través de los programas EMPUJU y EMCUJU estaban siendo discriminados retributivamente, al cobrar menos que el personal de su misma categoría del Ayuntamiento de Orihuela.

    10/11/2023.
    Ayuntamiento de Orihuela

    Ayuntamiento de Orihuela

    La sentencia definitiva es favorable a los trabajadores y trabajadoras, que llegarán a cobrar hasta cerca de 17.000 euros por el periodo del año que trabajaron para la corporación y en el que se les trató como a personal de segunda.

    CCOO destaca que "han sido cuatro años de calvario para jóvenes que tenían por primera vez un contrato de trabajo y que por primera vez experimentaron la discriminación salarial por ser jóvenes. Parecía como si el Ayuntamiento les dijera que debían dar las gracias por ese primer contrato y estar calladitos” .

    Una vez realizadas las primeras denuncias, el consistorio reclamó a los trabajadores y trabajadoras recurrentes alrededor de mil euros que, según el ayuntamieto, les había pagado de más, y que solo puede entenderse como una represalia por haberse atrevido a reclamar sus derechos. ¿Se les pedirá responsabilidades al gobierno municipal y a los funcionarios que consintieron esta discriminación?

    Comisiones Obreras felicita a las once personas trabajadoras que fueron capaces de superar las presiones recibidas y que reclamaron sus derechos, finalmente reconocidos tras un largo proceso jurídico, costeado por el Ayuntamiento de Orihuela con el dinero recaudado a la ciudadanía del término municipal de Orihuela.

    Esta sentencia del Tribunal Supremo puede abrir el camino a las reclamaciones de trabajadores y trabajadoras de otras administraciones públicas que se encuentren en la misma situación.  

     Antecedentes

    En el 2019 los trabajadores y trabajadoras del Ayuntamiento de Orihuela contratados a través de los programas EMPUJU y EMCUJU reclamaron al ayuntamiento que revisara las retribuciones que percibían por no ajustarse al convenio del personal laboral y a la Relación de Puestos de Trabajo vigente. En aquellos momentos se detectaron diferencias retributivas de más de mil euros mensuales entre lo que realmente se cobraba y lo que se debería haber percibido según contrato y categoría profesional.

    El sindicato aportó al ayuntamiento una circular de LABORA donde se indicaba claramente que el personal contratado a través de los programas EMPUJU y EMCUJU debía cobrar según el convenio vigente, también la Inspección de Trabajo levantó acta señalando la obligatoriedad de que las nóminas de estas personas trabajadoras debían ajustarse al convenio.

    Desde CCOO se avisó al consistorio de que se estaba incumpliendo el convenio y el artículo 14 de la Constitución, además de otros artículos del Estatuto de los Trabajadores. Ante la negativa municipal no quedó otra opción más que la de acudir a los tribunales para denunciar dicha discriminación salarial. 

    En el año 2019 los Servicios Jurídicos de CCOO interpusieron demandas individuales reclamando las diferencias salariales y en 2021 los juzgados de lo Social de Elche dictaron sentencias a favor de las personas trabajadoras afectadas que fueron recurridas por el Ayuntamiento de Orihuela. En 2022 el Tribunal Superior de Valencia volvió a dar la razón a los trabajadores y trabajadoras que habían recurrido y el consistorio volvió a recurrir. Finalmente, el Tribunal Supremo de Justicia, en unificación de sentencia, declaró firme la sentencia del Tribunal de lo Social de Elche.