Comisiones Obreras del País Valenciano | 16 diciembre 2025.

#CCOOPVInforma

Ayudas para ascensores dañados por la dana para personas con discapacidad (movilidad reducida) y dependencia

  • El plazo de solicitud se inició el 21 de noviembre y finalizará el 20 de febrero de 2026.

“La difusión de estas ayudas y el asesoramiento para facilitar la solicitud es especialmente relevante porque un año después de la dana, muchas personas mayores y en situación de dependencia y discapacidad siguen atrapadas en casa” Ana Belén Montero, secretaria de Políticas Públicas y Protección Social.

25/11/2025.
Portada folleto

Portada folleto

La Secretaría de Políticas Públicas y Protección Social ha elaborado un folleto digital para difundir los requisitos de acceso a las ayudas recogidas en el Decreto 172/2025, de 18 de noviembre, que regula la concesión directa de ayudas urgentes para restaurar los ascensores dañados a consecuencia del temporal de viento y lluvias del 29 de octubre de 2024.

CCOO PV ha reclamado sistemáticamente la puesta en marcha urgente de las medidas sociales que permitan paliar la situación que, a día de hoy, siguen padeciendo miles de personas a consecuencia del temporal. En la última reunión de Mesa de Diálogo Social una de las principales reivindicaciones planteadas por el sindicato fue la mejora de la autonomía de quienes dependen del funcionamiento de los ascensores en su vida cotidiana.

Atención y asesoramiento de CCOO PV

CCOO PV pone a disposición de la afiliación su servicio de atención y asesoramiento para cualquier duda sobre estas ayudas a través del correo electrónico politicasocial@pv.ccoo.es y en el teléfono 963 882 100.

Requisitos

Estas ayudas están destinadas exclusivamente a la reparación o sustitución de ascensores, dañados por la DANA, ubicados en edificios plurifamiliares y en los que residan personas con dependencia grado II o III y/o personas con discapacidad con movilidad reducida.

Estas circunstancias deben estar oficialmente reconocidas a fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes.

Serán subvencionables los trabajos de reparación o sustitución del ascensor que, a consecuencia de los daños sufridos por la dana, no permita la comunicación en las condiciones reglamentariamente establecidas, entre la planta baja y la última planta del edificio.

El ascensor deberá estar instalado en un edificio plurifamiliar, de cualquier tipología residencial, lo que incluye edificios para alojamientos, edificios de vivienda colectiva o alojamientos y viviendas modelo cohousing.

Quedan excluidas viviendas unifamiliares, se encuentren o no en régimen de división horizontal tumbada.

Quedan excluidos otros aparatos elevadores tales como ascensores de coches (montacoches), montacargas, plataformas elevadoras verticales o inclinadas y similares.

Documentación asociada
Documentación asociada