jueves 20 de junio de 2013
miércoles 8 de agosto de 2012
Reglamento de los procedimientos en las AAPP
La normativa sobre despido colectivo provoca indefensión
Por primera vez se consagra normativamente el posible despido colectivo en la AAPP con la aprobación del cauce a seguir, lo que puede contribuir a convertir en algo habitual una cuestión excepcional y puntual.
Manifestación
Los Secretarios de Acción Sindical de CCOO y UGT, Ramón Górriz y Toni Ferrer, han remitido al Director General de Empleo, Xavier Thibault Aranda, las observaciones de ambos sindicatos al proyecto de Real Decreto sobre el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada. El documento se centra, fundamentalmente, en lo dispuesto en el Título III que contempla la regulación de los procedimientos de despido colectivo en el ámbito de las Administraciones Públicas (AAPP).
A juicio de CCOO y UGT, dicho Título III supone una peligrosa novedad para el conjunto del Sector Público, una vez que la Administración de turno opte por aplicar un despido colectivo, su aprobación va a resultar prácticamente inevitable. Por todo ello, la primera conclusión sindical sobre este Reglamento es que se trata de un mero formalismo a seguir para llegar al objetivo fijado: el despido.
Mientras que lo regulado en el borrador para el sector privado deja la puerta abierta a una posible negociación entre las partes, en el sector público se establece la presunción de que, como quien despide es una Administración Pública, el despido es inevitable, no hay más remedio y las razones que apunta gozan de una presunción de veracidad.
Además de dejar indefenso al personal laboral de las Administraciones Públicas, esta normativa dota a las Administraciones empleadoras de una capacidad exorbitante y vulnera el derecho de negociación colectiva garantizado por la Constitución Española y los Convenios Internacionales ratificados por España.
UGT y CCOO subrayan además que el empleo público es único, compuesto por personal laboral y funcionario, y habrá de determinarse, so pena de incurrir en arbitrariedad, qué puestos de trabajo son los no precisos, algo que exige una justificación en el marco de un plan de Empleo negociado.
La normativa sobre despido colectivo provoca indefensión
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