Comisiones Obreras del País Valenciano | 29 marzo 2024.

Dudosa ética en la tributación de ayudas por parte de la Agencia Tributaria

    CCOO denuncia que una ayuda a un sector productivo se haya convertido en un incremento de la carga tributaria directa de las personas adquirentes y un descuento comercial en una ganancia patrimonial gravada.

    22/11/2016.
    Imagen publicada en el diario valenciaplaza

    Imagen publicada en el diario valenciaplaza

    La Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO PV critica que el afán recaudatorio se anteponga a la información comprensible y en plazo suficiente para la correcta tributación, en perjuicio de aquellas personas perceptoras de algún tipo de ayuda pública.

    El sindicato cuestiona el desproporcionado cerco sobre perceptores de cualquier ayuda del Estado o de la Administración Pública, y en especial el retraso intencionado de información a quienes adquirieron un vehículo mediante programas PIVE en ejercicios 2013 y 2014.

    Desde la FSC recuerda que a primeros de junio se remitieron decenas de miles de cartas invitando a la regularización tributaria mediante declaración complementaria o dirigiéndose a sus administraciones para solicitar la regularización voluntaria sin requerimiento previo -ya en 2015 remitió carta en el mismo sentido a quienes obtuvieron ayudas en años anteriores.

    “Al objeto de obtener el máximo rédito tributario de estas ayudas, la AT retrasó la información a las personas afectadas, buscando el ingreso de la cuota resultante y sin previo aviso la liquidación de intereses de demora, recargos de extemporaneidad o sanciones” detallan. De hecho, sólo a partir de 2015 se incluyó en las imputaciones fiscales el importe de la ayuda recibida y la consideración fiscal de la misma.

    En definitiva, la administración tributaria pretende que las personas que han adquirido un vehículo con un descuento del programa PIVE (programa de incentivo al sector automovilístico, dinamización de la venta de turismos, renovación de la flota automovilística y minoración de emisiones de CO2) la tributen como una ganancia patrimonial de la categoría no derivada de transmisión previa.

    Esta calificación tributaria es la más gravosa y descompensada posible, ya que convierte en obligados a declarar, si no lo era previamente, a todas las personas que han disfrutado de esta ayuda. Es decir, que para trabajadores y trabajadoras con salarios brutos de 11.000, 12.000 y 13.000 supone incrementos en su cuota muy superiores que para quienes perciben salarios superiores de hasta 38.000 euros.

    Requisitos penalizadores erróneos y desigual reparto de la carga

    Para la aplicación del descuento comercial procedente del plan PIVE es condición imprescindible que se de baja definitiva del vehículo antiguo a achatarrar, con la consiguiente baja en el patrimonio de la persona adquirente, obligación de entrega que obvian tanto los Decretos y/o Resoluciones de estas ayudas como el tratamiento tributario de las mismas.

    A juicio del sindicato, los Decretos de aprobación de estas ayudas hierran al determinar a los beneficiarios de las subvenciones, ya que la Ley General de Subvenciones establece que “se considera subvención toda disposición dineraria sin contraprestación directa de los beneficiarios”. Igualmente, la Administración Tributaria y apoyada en mismo error, considera que los beneficiarios de la ayuda tienen que tributar por el importe íntegro de la misma.

    El encaje tributario de estas ayudas es cuento menos dudoso, ya que posiblemente no esté correctamente determinada la persona beneficiaria. De igual modo, la calificación de ganancia patrimonial no procedente de transmisión previa o de su importe resulta muy cuestionable.

    En definitiva, CCOO denuncia que una ayuda a un sector productivo se haya convertido en un incremento de la carga tributaria directa de las personas adquirentes y un descuento comercial en una ganancia patrimonial gravada.