Comisiones Obreras del País Valenciano | 19 abril 2024.

CCOO consigue que extrabajadores de Prevalesa perciban un tercio más de indemnización

    El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha sentenciado que las reclamaciones de CCOO sobre la cuantía de las indemnizaciones de los trabajadores de Prevalesa, que fueron despedidos en agosto de 2012, se deben de calcular sobre el triple del Salario Mínimo Interprofesional y no sobre el duplo como hizo el FOGASA.

    11/10/2016.

    Con motivo de la reforma del artículo 33 del ET, en 2012, se suscitó en CCOO de Buñol la tesis de que el FOGASA debería de pagar en el caso de las empresas que habían entrado en concurso de acreedores antes de la reforma del mencionado precepto.

    El criterio de la Secretaría de Acción Sindical de la comarca era que la declaración de concurso establecía la insolvencia de la empresa y por tanto la reforma en 2012, del art. 33 del ET en lo que se refiere a reducir del triple al duplo del SMI a los efectos de indemnización y salarios con los trabajadores despedidos después de dicha reforma y cuyas empresas habían sido declaradas en concurso de acreedores con anterioridad a la reforma, no podía ser en modo alguno el duplo del SMI.

    La tesis de que la declaración del concurso establecía la responsabilidad del FOGASA, frente a indemnizaciones y salarios, y no los efectos del despido, es la que ha triunfado en el TSJCV. Consecuencia directa de ello es que, a los trabajadores de Prevalesa les corresponde un tercio más de indemnización y pasar de los 120 días de salario a 150 días.

    A cada trabajador (45) le corresponde un promedio de 8.000 € más los obtenidos por aplicación del criterio del FOGASA. Desde CCOO de Comarcas del Interior quieren reconocer el trabajo prestado por los Servicios Jurídicos del sindicato.

    Para el miércoles 19 de octubre, a las 19 horas, se ha convocado asamblea de extrabajadores de Prevalesa, para complementar la información respecto a la sentencia del TSJCV.