Comisiones Obreras del País Valenciano | 25 abril 2024.

Lesma Aviation SL condenada por represaliar la acción sindical en El Altet

    Una sentencia del juzgado nº 2 de lo Social de Elche da la razón a CCOO en un caso de vulneración de derechos fundamentales perpetrada por la empresa LESMA AVIATION S.L. concesionaria de la prestación de diversos servicios de asistencia a aeronaves en el aeropuerto de Alicante-Elche.

     

     

    20/07/2016.
    La empresa presta servivios de halding en el aeropuerto de Alicante-Elche

    La empresa presta servivios de halding en el aeropuerto de Alicante-Elche

    La sentencia afirma que se vulneró el derecho a la libertad sindical de un miembro del comité de empresa al imponerle un cambio forzoso de puesto de trabajo, por otro que dificultaba su movilidad por el aeropuerto y el contacto con el resto de la plantilla.

    El sindicalista, delegado de CCOO y miembro del comité, había presentado en los primeros meses de año más de seis escritos en Inspección de Trabajo, precedidos de comunicación a la empresa sin que ésta actuara convenientemente, denunciando materias como Equipos de Protección Individual en mal estado, falta de información a la representación legal de trabajadores y trabajadoras en materia de prevención, reconocimientos médicos, conciliación, modificación de jornada, etc.

    El fallo del juzgado reconoce la legitimidad de esas demandas, ante la extrañeza de la empresa por una “actividad tan radical” del sindicalista, no sólo por tratarse de una materia tan sensible como la seguridad y salud, sino porque podría incidir en la seguridad del propio tráfico aéreo.

    La sentencia defiende la acción sindical como parte inseparable de la propia democracia “…la trascendencia del derecho vulnerado, la libertad sindical del actor en su vertiente de actividad sindical. Se le ha represaliado por realizar una actividad en defensa de los intereses de sus representados. Y dicha libertad sindical, como se refirió, es un derecho fundamental en el que se sustenta el consenso constitucional”. Además, la sentencia destaca el principio de indemnidad en relación al ejercicio de la libertad sindical como un precepto clave dentro de ésta.

    El juez reconoce que no hay indicios de mínima entidad, “que permitan estimar que el cambio de puesto de trabajo del actor tenga motivo real distinto al de la actuación sindical del actor o las reclamaciones formuladas por el mismo…”. Por lo que en el fallo, además de estimar la demanda del sindicalista, declara la existencia de vulneración del derecho a la libertad sindical, declara la nulidad radical de la actuación de la empresa cambiando el puesto de trabajo y condena a la empresa a reponer al trabajador en su puesto original al tiempo que fija una indemnización económica a favor del sindicalista.

    CCOO considera muy positivo el fallo del juzgado en esta sentencia "que llega en un momento de especial acoso en muchas empresas contra el ejercicio de la libertad sindical", ya que la condena efectiva de este tipo de prácticas es un instrumento clave en la defensa de los derechos de la clase trabajadora.